Los estados de asamblea, sitio, emergencia y catástrofe que pueden ser declarados conforme al artículo 40 de la constitución por el presidente de la república, con el consentimiento del Consejo de Seguridad Nacional, abarcan las siguientes situaciones excepcionales, respectivamente: una guerra extranjera, una guerra interna o conmoción interna, una perturbación interna y una emergencia o calamidad pública.
Glosario

English
Español
中文
हिन्दी
Français